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Ya es oficial: los trabajadores en jubilación parcial tendrán que devolver horas si se dan de baja durante este periodo

La Audiencia Nacional ha avalado que las empresas puedan exigir a sus trabajadores en jubilación parcial con jornada acumulada la recuperación de horas no trabajadas en una baja médica o un permiso retribuido. La sentencia, dictada en abril, resuelve un conflicto que afecta a miles de empleados en toda España.

El caso llegó al tribunal por la demanda que UGT y CCOO interpusieron contra Alcampo. Los sindicatos cuestionaban una cláusula de los contratos de jubilación parcial que obligaba a recuperar horas tras una incapacidad temporal o un permiso, y la consideraban discriminatoria hacia quienes enferman o ejercen derechos laborales reconocidos.

La Sala de lo Social no les dio la razón. Los magistrados entendieron que la obligación de recuperar horas no discrimina al trabajador, siempre que la recuperación no supere la parte de jornada que excede el porcentaje anual pactado en el contrato a tiempo parcial.

Para entender el razonamiento del tribunal hay que tener presente cómo funciona esta figura.

La jubilación parcial con jornada acumulada permite que el trabajador concentre todo su trabajo anual en unos pocos meses, mientras cobra salario y pensión durante todo el año. Eso crea una brecha entre las horas realmente trabajadas y las que constan en el contrato.

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El tribunal puso un ejemplo claro: si alguien tiene un contrato al 25% de la jornada anual pero trabaja a tiempo completo durante el periodo concentrado, una baja no puede computarse como si hubiera trabajado el cien por cien. Hacerlo así desfiguraría el contrato a tiempo parcial y rompería el equilibrio entre las partes.

Por eso, los magistrados concluyeron que la empresa puede reclamar la recuperación proporcional de esas horas sin vulnerar el principio de igualdad. La clave está en respetar los límites del contrato: ni más ni menos de lo pactado.

La sentencia sienta un precedente relevante para el sector. Alcampo defendió desde el principio que no se trataba de una penalización, sino de un ajuste técnico necesario para que el modelo funcione. El tribunal compró ese argumento.

Fuente original: www.sport.es →